USO DEL CRÉDITO HORARIO SINDICAL.
El crédito horario se define como el derecho que ostentan los representantes de los trabajadores de disponer de un determinado número de horas para el ejercicio de las funciones propias de la representación que ostentan y para la defensa de los derechos de los trabajadores. Estas horas son retribuidas por parte del empresario, es decir, tienen un coste.
Esta puede ser una ventana abierta al fraude, ya que un uso indebido o abusivo de esas horas puede generar una repercusión negativa para el empresario, así como para el resto de los trabajadores a quienes representa.
En nuestro ordenamiento jurídico no viene definido en que debe consistir el abuso de dichas horas, pero según el sentido común y la jurisprudencia entendemos como abuso las horas que “no se han invertido en el cumplimiento de la función representativa”, sino que se han podido utilizar con fines distintos de índole personal o particulares, pero siempre desviadas del objetivo principal.
¿Puede el empresario someter a control el uso de dichas horas? Ésta pregunta se respondes con un sí. Aun encontrándonos en que los representantes de los trabajadores gozan de una protección “especial”, si existen sospechas fundadas o indicios suficiones de un uso irregular del crédito horario y la investigación, vigilancia o control no resultará desproporcionada al fin que se persigue.
Por otra parte, lo que no se podrá realizar es un control o una vigilancia singular sobre el representante, ya que así lo establece la jurisprudencia con el fin de proteger el libre ejercicio del cargo que ostenta. De este modo, recalcamos la existencia de indicios o sospechas fundadas del abuso o uso fraudulento de dichas horas.
¿Cómo puede el empresario ejercer su potestad disciplinaria ante éste posible fraude?
Existen una serie de requisitos que legitiman la sanción o en su caso, el despido, de un representante de los trabajadores por un uso abusivo o indebido del crédito horario:
-Las utilice para otros fines particulares. Esto ha de quedar probado y ha de ser manifiesto.
-Habitualidad, que sea de forma continuada.
-Proporcionalidad, entre los hechos cometidos y la sanción impuesta.
Los servicios que ofrece un detective privado son óptimos para atajar ésta problemática empresarial, ya que son un medio a través del cual recabaremos las pruebas necesarias de forma objetiva, eficaz y discreta para llegar a demostrar el posible uso abusivo del crédito horario.