13-La función del detective privado ante el ejercicio de los derechos de manifestación y huelga.

detective privado

El TSJ Catalán, ha ratificado la sentencia ya dictada en primera instancia sobre la procedencia del despido disciplinario de un trabajador del sector de ambulancias, por graves daños al mobiliario de la empresa y la transgresión de la buena fe contractual, mientras que éste ejercía su derecho a manifestarse.

En este caso, la empresa contrató los servicios de un detective privado, ya que los días en que se venía secundando la huelga, el jefe de seguridad del Hospital denunció el lanzamiento de objetos a la salida de las ambulancias.

En los días posteriores, el detective pudo captar mediante pruebas videográficas como el empleado realizó intencionadamente graves daños materiales, entre los que se encontraban pinchar una rueda del vehículo, realizar pintadas en el mismo tachando el logotipo de la empresa y lanzó una bengala que provocó la rotura de los cristales del mismo.

Después de que el detective privado remitiera el informe a la empresa, ésta adopto el despido disciplinario como sanción más grave ante los hechos detectados. Siendo la misma demandada por el empleado y que el juzgado de lo social de Barcelona declaró como procedente, por tanto, se extinguía el contrato de trabajo sin derecho a indemnización alguna. Ante esta sentencia, el actor interpuso un recurso de suplicación ante el TSJ de Cataluña, convalidando este el fallo dictado en primera instancia.

Podemos llegar a pensar que existe controversia en cuanto a la vigilancia realizada por el detective y el ejercicio de los derechos fundamentales de manifestación y huelga recogidos en la Constitución Española, ¿estas actuaciones pudieran ser una represalia por parte de la empresa? Pero bien es cierto, que el TSJ confirma que la prueba está justificada ya que la empresa contrató los servicios del detective para controlar los posibles daños que se estaban provocando ante la denuncia del jefe de Seguridad del Hospital. Es decir, el interés legítimo estaba bien justificado. Y declara los hechos probados desde un punto de vista objetivos como graves y culpables por los daños causados por el actor y por tanto, el despido disciplinario como sanción correctamente impuesta.

Cabe concluir que la empresa puede contratar legítimamente los servicios de un detective privado si sus bienes propios pueden verse afectados de forma material o incluso en caso de alterar el normal funcionamiento de los servicios de la empresa.

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